Cacería en España


Colaborador Antonio Treviño

Allá se permiten las arriadas, los españoles son muy buenos para tirar a animales corriendo



Venados de Cerralvo, Nuevo León

Colaborador Oliverio de la Garza

Las astas todavía están en terciopelo pero en unos meses se lo tallan y se lo quitan




miércoles, 23 de agosto de 2017

Leonas de Tsavo





Mataron 28 indus y muchos africanos, no tenían melena, esto sucedió en la estación de ferrocarril Kima que quiere decir “carne molida” un León de melena  saco de un vagón de ferrocarril a un Charles Ryall , lo saco por la ventana y el siguiente día lo encontraron.

La línea de ferrocarril ofreció una recompensa de 100 libras, se cazaron 12 leones, pero el león antropófago no, 2 empleados de la línea construyeron una trampa en una vagón, de carnada le pusieron un becerro y así lo cazaron adentro de la trampa. Llego John A. Hunter y consiguió empleo en el ferrocarril de locos y se dedicó a cazar leones antropófagos entre 2 estaciones Kima y Simba, había muchos leones, a Hunter le pagaban 20 libras por la piel, en 10 días un león de melean negra se comió a 6 indios. Un príncipe Indu al enterase de este magnífico trofeo acampo en la estación Simba al anochecer llego el león y mato a un africano todos dispararon viendo al león con la luz de la estación nadie le pego un tiro y el león de melena desapareció con su victima.


El presidente Roosevelt en el año de 1909 en su safari llevaba 500 porteadores y 6 guías entre ellos Bill Judd. Era un hombre tan fuerte que podía cargar un burro a los 56 años lo mato un elefante herido quedo como hamburguesa y su hijo Jack trato de salvarlo disparando al elefante en total fueron 11 tiros pegados. Jack no volvió a cazar era su primer safari padre e hijo.

Colaborador Miguel Angel Cagnasso

Este venado está vivo y lo van a introducir en el rancho de Luis González


Colaborador Carlos Muñoz

Muy buenos tiros a Corsos, Gamuzas y uno que otro Muflon


Colaboración Tito Eichelmann



Tito con su hijo Tito Jr. y un hermoso Kudu



Tito Jr. y su Papá con un Civet


Visitando una tienda de deportes nueva Field and Stream


Esta tienda esta haciéndole la competencia a la tienda de Bass Pro Shop ya que se instalo en frente de ella, que les parece la cantidad de armas y cartuchos?





Ataque de Leopardo

 El ataque de un leopardo es terrible, al parecer este fue en la India, no nos permitieron poner imágenes de la víctima, quedo vivo pero muy mal herido 


Borrego Cimarrón, símbolo del desierto de Sonora

Colaborador Eduardo de la Garza

Este cazador salió malo para tirar o le dio la fiebre del borrego


jueves, 3 de agosto de 2017

LISTADO DE ARMAS QUE PUEDES TENER EN TU DOMICILIO

Colaborado Abelardo Martínez



Para poder tener en posesión armas permitidas por el gobierno federal es indispensable que estas sean registradas ante la Secretaría de la Defensa Nacional en un plazo de treinta días mediante un documento que deberá contener: marca, calibre, modelo del arma así como la matrícula si se cuenta con ella.

De acuerdo con la LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS vigente aqui se comparte la fundamentación legal:

Artículo 15.- En el domicilio se podrán poseer armas para la seguridad y defensa legítima de sus moradores. Su posesión impone el deber de manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional, para
su registro.

Por cada arma se extenderá constancia de su registro.

Artículo 16.- Para los efectos del control de la posesión de armas, las personas físicas deben
manifestar, un único domicilio de residencia permanente para sí y sus familiares.

Artículo 17.- Toda persona que adquiera una o más armas, está obligada a manifestarlo a la
Secretaría de la Defensa Nacional en un plazo de treinta días. La manifestación se hará por escrito,
indicando, marca, calibre, modelo y matrícula si la tuviera.

Deacuerdo al articulo 10 de la LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS se tienen permitidas las siguientes:
Artículo 10.- Las armas que podrán autorizarse a los deportistas de tiro o cacería, para poseer en su domicilio y portar con licencia, son las siguientes:

I.- Pistolas, revólveres y rifles calibre .22, de fuego circular.

II.- Pistolas de calibre .38 con fines de tiro olímpico o de competencia.

III.- Escopetas en todos sus calibres y modelos, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).

IV.- Escopetas de 3 cañones en los calibres autorizados en la fracción anterior, con un cañón para cartuchos metálicos de distinto calibre.

V.- Rifles de alto poder, de repetición o de funcionamiento semi-automático, no convertibles en automáticos, con la excepción de carabinas calibre, 30, fusil, mosquetones y carabinas calibre .223, 7 y 7. 62 mm. y fusiles Garand calibre .30.

VI.- Rifles de alto poder de calibres superiores a los señalados en el inciso anterior, con permisoespecial para su empleo en el extranjero, en cacería de piezas mayores no existentes en la fauna nacional.

VII.- Las demás armas de características deportivas de acuerdo con las normas legales de cacería, aplicables por las Secretarías de Estado u Organismos que tengan injerencia, así como los reglamentos nacionales e internacionales para tiro de competencia.


A las personas que practiquen el deporte de la charrería podrá autorizárseles revólveres de mayor calibre que el de los señalados en el artículo 9o. de ésta Ley, únicamente como complemento del atuendo charro, debiendo llevarlos descargados.

martes, 1 de agosto de 2017

Aeronave *AC-130 Gunship*


Atacando un convoy  en  Afganistán. La aeronave está a 7000m. de altura, y efectúa disparos con una ametralladora *M61*_Vulcan, de 20mm.